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Órgano de Control Interno

Definición y naturaleza.

La Oficina de Control Institucional (OCI), es parte del Sistema Nacional de Control (SNC), que ejerce su función de control gubernamental con arreglo a la legislación vigente y las disposiciones de la Contraloría General de la República (CGR); promueve la correcta y transparente gestión y uso de los recursos y bienes de la Entidad.

Normativa y funcionalmente depende de la Contraloría General de la República (CGR) y administrativamente es parte de la estructura orgánica de la UGEL y depende del despacho de la Dirección. Mantiene relaciones de coordinación con los Órganos de Control Institucional de las entidades del sector público, de acuerdo a la naturaleza de sus acciones.

En ese sentido tiene la responsabilidad de velar porque el Servicio Institucional de la UGEL e Instituciones Educativas; se realice dentro de los indicadores de la: MORAL, la ÉTICA y el RESPETO IRRESTRICTO A LAS LEYES Y NORMAS ESPECÍFICAS.

En este marco y concordante con las Leyes del Procedimiento Administrativo y de Silencio Administrativo. El Órgano de Control recepciona y atiende en forma oportuna las denuncias de los administrados, que en su opinión se sienten afectados en sus derechos.    

Su ámbito es la Sede de la UGEL, a través de sus Áreas o Unidades Orgánicas y se extiende hasta las instituciones educativas públicas. 

Competencia funcional.

De manera general el Órgano de Control es competente para:

  • Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, con el propósito de optimizar la supervisión y mejorar los procesos, prácticas e instrumentos de control interno sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función vía control posterior.
  • Actúa de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
  • Verifica el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a las unidades orgánicas y personal de esta.
  • Elabora, ejecuta y evalúa el Plan Anual de Control Institucional aprobado y supervisado por la Contraloría General de la República.

Estructura interna.

Está constituido por las siguientes plazas y cargos:

  • 01 Director de Sistema Administrativo II. (Jefe).
  • 01 Auditor I.
  • 01 Especialista en Inspectoría I.
  • 01 Secretaria I.

La Cobertura de las Plazas y Cargos del Órgano de Control, se rigen por las Normas establecidas por la Contraloría General de la República teniendo la obligación de cuidar su cumplimiento.